viernes, 7 de junio de 2013

¿BAJARÁN LAS PENSIONES?: FACTOR DE SOSTENIBILIDAD DE TERCERA GENERACIÓN

Ilustración: Iván Solbes


Así han llamado los expertos a la fórmula que ajusta las pensiones con la intención de  que sean sostenibles en el futuro. Factor de sostenibilidad de tercera generación, ¡ni que fuera una aplicación para el móvil! La verdad es que matemáticamente su propuesta para reformar las pensiones es bastante compleja pero vamos a tratar de explicarla en lo fundamental.

¿En que consiste el factor de sostenibilidad?
Consta de dos partes:
1. La fórmula para calcular cada año lo que suben las pensiones
2. La fórmula para adecuar las pensiones a la esperanza de vida. O sea,  controlar el gasto en pensiones debido a que cada vez, al vivir más, se cobra pensión durante más tiempo, con el consiguiente quebranto para las arcas de la seguridad social.

Por si estos días oís a  políticos, tertulianos o expertos hablar de estas cosas, para que sepáis de qué están hablando os ponemos aquí que
Al punto 1.  lo llaman FRA (factor de revalorización anual )
Al punto 2.  lo llaman FEI (Factor de equidad intergeneracional)

Esperemos que no abusen mucho de estos términos porque en el rueda de prensa para explicar el informe han insistido mucho en que es muy importante que los ciudadnos entendamos en qué consiste la reforma
 
¿Van a seguir subiendo las pensiones según el IPC?
Pues el Comité de Expertos propone que NO.

Su propuesta consiste en tener en cuenta

(a) La inflación media.
 O sea, no el IPC de noviembre de cada año, como hasta ahora, sino el IPC medio. O sea, el IPC que de media ha habido cada año.

(b)Cuánto crecen los ingresos de la seguridad social, cuánto crece el número de pensionistas y cuánto crece la cuantía de lo que cobra cada pensionista. Resumiendo: cuánto van creciendo los ingresos  de la seguridad social menos cuánto van creciendo los gastos

(c) Si la seguridad social tiene déficit (más gastos que ingresos) o superávit (más ingresos que gastos). Si tiene supéravit  el punto (c) contribuirá a subir la pensión, si tiene déficit contribuirá a bajarla

 La subida será igual a  (a)+(b)+(c)

Supongamos un IPC medio del 2%, que la diferencia entre lo que crecen los ingresos y lo que crecen los gastos es un 3% negativo, o sea, que los gastos han crecido más que los ingresos y que la seguridad social tiene un déficit del 1%
(2)-(3)-(1)= -2

¿Pueden bajar las pensiones algún año?
NO. Los expertos proponen que esto se impida y que en el peor de los casos se permita que queden congeladas, o sea que suban 0.

Dicen que esta diferencia se pagaría con el Fondo de Reserva

¿Afecta esta medida a los pensionistas actuales?
SI. A los actuales y a los futuros, esto será para todos.

¿Vamos a tener que jubilarnos más tarde porque viviremos más?
NO. De esto no ha hablado el Comité de expertos. Mantienen la jubilación a los 67 años en 2027, como dejó la reforma de ZP.

Entonces, ¿cómo se adecúan las pensiones a la esperanza de vida?
Pues en lugar de hacernos trabajar hasta más viejos, la filosofía es pagarnos menos de pensión para que al final, a las arcas del Estado no les salgamos mucho más caros.

¿Serán las pensiones del futuro más bajas de lo que esperábamos?

Me explico: se va a incluir un elemento que va  a hacer que, cuando yo me jubile,  a la pensión que a mí me correspondería, se le reduzca una cantidad. Grosso modo, cada diez años, se van a bajar un 5%. Esta cifra se  ha calculado teniendo  en cuenta lo que se espera que aumente la esperanza de vida. Esa sería mi pensión inicial y sobre ella se aplicaría cada año la revalorización correspondiente.


¿Por qué se llama a esto Factor de equidad intergeneracional?

Porque dicen que no debe haber diferencias entre las pensiones que recibe una generación y las que recibe la siguiente y si una generación vive hasta los 80 años cobrará hasta su muerte menos dinero que la que viva hasta los 90.

Hombre, yo creo que es más apropiado llamar a esto Factor de salvación de la seguridad social. Sobre todo porque según este Comité en 2050 habrá un 70% más de pensionistas  que ahora. Esta cifra es tan descomunal ( serían ¡15 millones de pensionistas!) que uno de los miembros del Comité ( el de CC.OO.) ya ha dicho que hay que ir pensando en hacer más cambios. Madre mía, y eso que ha habido otro, el único que ha votado en contra del informe, que no lo ha apoyado porque dice que primero hay que esperar a que lleve más tiempo la reforma que se hizo en 2011....

En fin, que esto es una propuesta que ahora tienen que discutir los políticos. La decisión definitiva, para el otoño, pero por aquí van a ir los tiros.
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La revalorización de las pensiones según el IPC supone cada año alrededor de 2.000 millones de euros





CANCIONES DE UNA CRISIS

Recuerdos de la Era del TodoVale:
Mileuristas en Cadillac, inmigrantes en Cadillac, qué os habéis creido, sinvergüenzas…
algún día los bancos pondrán orden y nos las pagaréis todas juntas. Por Iván Solbes

Este próximo domingo se cumple un año del rescate a los bancos españoles. Ya os lo contamos aquí en el blog. Y 365 días después y 40.000 millones de préstamo en "muy buenas condiciones", siguen sin despejarse del todo las dudas sobre algunas entidades. ¿Les hace falta más dinero?

A todo esto, el ex presidente de una de las entidades rescatadas, Caja Madrid, acaba de ingresar en prisión esta semana. Pero no me quiero liar con esto. Os propongo que para celebrarlo creemos una lista de canciones escritas sobre la crisis actual. De momento, se me han ocurrido estas dos:

The complete banker, de Divine Comedy de su disco Bang goes the Knighthood (2010)

Take the Money and Run de McAlmont & Nyman del album The glare (2009).

¿Os animáis? Seguro que se os ocurren muchas más.


miércoles, 5 de junio de 2013

VENGA... VAMOS A HABLAR DEL DÉFICIT

Foto de La Moncloa
En las últimas semanas habréis oído hablar mucho del déficit: que si Bruselas nos da más tiempo para reducir el déficit, que si las CC.AA. están enfrentadas porque algunas se niegan a que se haga un déficit a la carta, que si el déficit de la Administración Central se ha disparado en abril... Escribimos este post para aclarar todas las dudas al respecto.

Primero vamos a dejar claro qué es el déficit, por si hay alguna duda. El déficit es el saldo negativo de las cuentas públicas. En este caso sí funciona como una economía familiar. El Estado ingresa todos los meses unas cantidades (por impuestos básicamente) y realiza una serie de pagos (pensiones, prestaciones por desempleo, pagas funcionarios, programas ministerios...). Todos los meses hace balance: si ha gastado menos de lo que ha ingresado tiene un superávit y si tiene números rojos tiene un déficit.

Lo que cuenta es cómo terminas el año, ¿con saldo en la cuenta o con un descubierto? En nuestro país entre la caída de la recaudación por culpa de la crisis y el aumento de los gastos por culpa también de la crisis se da por sentado que terminamos el año en déficit. ¿Cuánto? Pues eso es lo que fija Bruselas. Este año esos números rojos de la cuenta pública no podrán superar un 6,5% del PIB. Es decir, no podrá superar los 65.000 millones de euros.

Aclarado este punto, ¿cuántos son los titulares de esta cuenta? Esto también es como una familia: ¿quienes están autorizados para realizar pagos desde esta cuenta, ingresar, hacer transferencias...? 

1. La Administración Central (lo que asociamos con el Gobierno).
2. Las Comunidades Autónomas.
3. Los Ayuntamientos o corporaciones locales
4. La Seguridad Social.

Cada una de estas administraciones tiene su cuenta de ingresos y gastos. La suma de los saldos de estas cuatro cuentas es el déficit o superávit público. (En nuestro caso recordamos tiene que ser como mucho un déficit de 65.000 millones al terminar el año). ¿Y esto cómo se reparte entre los cuatro titulares? Estas son las previsiones del Gobierno en su último plan para 2013:

1. La Administración Central tiene un tope de déficit de 37.000 millones.              (3,7% del PIB)
2. Las CC.AA. no pueden pasarse de más de 12.000 millones.                                (1,2% del PIB)
3. Los Ayuntamientos tienen que cuadrar las cuentas. Déficit 0.                              (0,0% del PIB)
4. Y la Seguridad Social se le permite un descubierto de 14.000 millones                (1,4% del PIB)

Si sumáis los cuatro porcentajes veréis que da un resultado de 6,3% del PIB. Bruselas nos ha "regalado" que nos pasemos dos décimas y entre todas sumen hasta un 6,5% del PIB.

¿Dónde radica el conflicto? El principal punto de fricción en la actualidad radica en el titular número 2: las Comunidades Autónomas. Aplicando el mismo principio que se aplicó el año pasado TODAS deberían apretarse el cinturón y no pasarse del límite del 1,2% de descubierto. Pero claro, no todas parten del mismo punto.

En este gráfico del Cinco Días podéis ver cómo cerraron sus cuentas el año pasado, cuando en teoría  el límite del déficit era del 1,5%. Cinco CC.AA. sobrepasaron esta cifra: Cataluña, Andalucía, Murcia, Comunidad Valenciana y Baleares. El promedio de todas las regiones fue un déficit del 1,73% del PIB.

Pero hay algunas CC.AA. que se han rebelado contra el reparto de "café igual para todos" del año pasado. Es decir que todos reduzcan números rojos hasta el 1,2%. Porque como veréis en el gráfico, algunas están mucho más lejos de esta cifra que otras y eso supone que tendrán que hacer todavía más recortes si quieren cumplir con el objetivo.

Pero las regiones que van mejor encaminadas dicen que a ellas se les tiene que reconocer el esfuerzo de haber puesto orden en sus cuentas y que no sería justo que se les obligara a reducir por debajo de ese 1,2% para que otras puedan pasarse de ese 1,2%. En ese frente está Extremadura, Castilla y León y Comunidad de Madrid.

Mientras el gobierno busca la fórmula para contentarlas a todas no puede perder de vista sus propios números rojos. Porque hasta abril el déficit de la Administración Central se disparó hasta el 2,38% del PIB, principalmente por la caída de la recaudación. Como ya dijimos un poco más arriba, su objetivo para todo el año de descubierto es del 3,7%... Y si en abril ya lleva un 2,38% de déficit no es que vaya muy bien encaminado.

Pero supongamos que todo sale como estaba previsto y todas las administraciones cumplen y el país cierra 2013 con un déficit de 65.000 millones de euros. ¿Qué pasa entonces? Pues simplificando mucho, esos millones de descubierto en la cuenta del Estado se tienen que convertir en deuda, con sus respectivos intereses. Es decir, España tendrá que pedir más dinero prestado y aumentará la deuda total del país, esa que pagamos los españoles con nuestros impuestos.

sábado, 25 de mayo de 2013

LAS ACCIONES DE BANKIA Y LA INDEFENSIÓN DE LOS PEQUEÑOS


Seis días llevan cayendo las acciones de Bankia. El viernes bajaron más de un 4% pero es que el jueves perdieron un 51%. Y lo más llamativo, se movieron 49 millones de acciones cuando cotizan 19 millones. Hasta Goirigolzarri, el presidente de Bankia dice que no lo entiende.

¿Qué está pasando, que alguien me lo explique!!!gritaba una preferentista en la calle.
La CNMV, el organismo que vigila los mercados lo está investigando. Todo apunta, lo cree hasta el propio Goirigolzarri, a que los grandes inversores institucionales, grandes fondos de inversión están vendiendo en corto en descubierto.

¿Esto qué es? ya explicamos aquí lo que es vender en corto y aquí lo que es vender en corto al descubierto. La diferencia fundamental es que en España vender en corto está permitido pero vender en corto al descubierto, NO. Lo que se hace es vender acciones que no se tienen y esto aquí, no se puede hacer.

 La historia es que Bankia el jueves ha entregado las nuevas acciones de la ampliación de capital pero esas acciones no empiezan a cotizar hasta el martes, es decir, hasta el martes no se pueden vender. Sin embargo, se sospecha que los grandes fondos las han vendido ya el jueves y como las operaciones tardan tres días laborables en liquidarse pues justo, cuando llegue el martes, las esperan liquidar.

¿Y para qué lo hacen? Pues para ganar dinero. Estos grandes inversores han apostado a que el martes, cuando ya coticen, haya muchos inversores, sobre todo los pequeños preferentistas a los que les han dado acciones de Bankia a cambio de preferentes, que se pongan a vender sus acciones. Esto hará que su precio baje. Así que los grandes podrán comprarlas más baratas y devolverlas a un precio más alto. ¡Vaya lío! Lo vuelvo a explicar: el jueves el Fondo XX ha vendido a las Gestora YY acciones de Bankia  a 1 euro. Su apuesta es que el martes las va a poder comprar a 0,6 euros, se las dará  a la Gestora YY, que le pagará por cada acción 1 euro. Ganancia: 0,40 euros .

El drama de todo esto es que los que están pagando el pato son los pequeños inversores que tenían preferentes y deuda subordinada.

A estas personas les han dado acciones de Bankia a cambio de sus preferentes, pero no por todo el dinero que invirtieron, no. De media les han quitado un 38% de su dinero. Les han dado acciones a 1,35 euros y ahora mismo esas acciones cotizan a 0,65 euros, o sea, que si venden ahora están perdiendo otro 47% . Una persona que tuviera 10.000 euros en preferentes, pierde casi 7.000 euros.

La pregunta es : ¿cómo es posible que estos grandes fondos estén haciendo algo que es ilegal?. Nos respondía un analista que ellos también se equivocan...se equivocan ¿o muchas más veces hacen este tipo de cosas y no se les pilla? ¿O hay hay aguna triquiñuela que ellos conocen para que sea legal? La indefensión de los pequeños es tremenda.

Veremos cómo termina la cosa y si han hecho una operativa ilegal, qué multa les ponen.

martes, 14 de mayo de 2013

A VUELTAS CON EL CONTRATO ÚNICO

¿Qué es un contrato único? ¿Qué implicaciones tendría? Uno de sus firmes defensores, el premio Nobel Cristopher Pissarides, lo definía de esta manera:

"Las personas con contrato indefinido tendrán que renunciar a parte de sus derechos. Y esa renuncia yo creo es pequeña si se compara con los beneficios de que sus hijos, novias, esposas puedan encontrar trabajo más fácilmente". 


Aclarar que el Nobel no proponía un contrato único donde el trabajador no tuviera ningún tipo de protección frente al despido. Sí existiría, (algunos economistas sugieren una indemnización creciente es decir, empiezas con pocos derechos y los vas acumulando con los años. Otros proponen un coste de despido razonable, seguramente más reducido que el actual tras las reforma laboral) y esa es una de las cuestiones principales.

Pissarides insistía en que no es normal que existan ciudadanos de primera y de segunda clase. Los primeros con derechos y protección y los segundos, trabajadores incapaces de salir de la precariedad de la temporalidad. Desde luego esto es una realidad. 

Según el estudio sobre el Empelo y la Crisis del IVIE, el empleo que más se ha destruido en esta crisis ha sido temporal. "El trabajo temporal ha sido la principal vía de ajuste. Del -9,3% de caída total de ocupados entre 2007 y 2011, casi un 80% se explica por la destrucción de puestos de trabajo temporales". 

Pero ¿es el contrato único la solución para nuestro país? Entre los economistas no existe evidentemente un consenso. Aquí un par de visiones a favor y en contra del contrato único. 



Y tú, ¿qué opinas?

lunes, 22 de abril de 2013

CUANDO LA CNMV ES LA COMISIÓN QUE NUNCA MULTA AL VENDEDOR


Este lunes queríamos hablaros de la CNMV. Sí, la Comisión Nacional de Mercado de Valores, el organismo regulador que tiene que velar por la transparencia, estabilidad y legalidad de los mercados donde cotizan las acciones y la deuda de las empresas y también vigilar por la correcta comercialización de productos financieros.

Y justamente hemos amanecido con varias noticias al respecto.

Su presidenta, la ex ministra de Medio Ambiente con el PP, Elvira Rodríguez, con escasa experiencia en los mercados financieros tal y como recordaba Belén Carreño en Eldiario.es, declaraba esta mañana que había faltado transparencia en la comercialización de productos complejos. Rodríguez aludía claramente a la "colocación de las preferentes" (un producto del que os hablamos ya en el año 2009 aquí en el blog).

Precisamente el 30 de abril de 2009 (¡hace ya cuatro años!) hicimos un reportaje para Noticias Cuatro sobre otro producto financiero mal vendido: los swaps, coberturas de interés, clips... ¿Os acordáis? A principios de mayo de ese año 2009, la CNMV mandaba una carta a bancos y cajas para decirles que tenían que informar mejor a sus clientes cuando les vendían un producto financiero. Avisaba, pero no sancionaba a nadie.

Por aquel entonces, el regulador ya sabía lo que estaba ocurriendo y lo único que hizo fue limitarse a alertar de los bajos tipos de interés que daban algunas participaciones preferentes dado el riesgo asociado que tenían. Advertía la CNMV vía su página web, una página que consultan muy a menudo todos los clientes de bancos y cajas, claro está.

Y eso es lo único que hizo "la policía" que tenía que vigilar la venta de productos financieros. En privado, fuentes de la CNMV reconocían estar "muy preocupados" por la masiva colación de las preferentes entre particulares "porque se estaba vendiendo como un depósito". Ahora ya sabemos que hemos sido el "único país civilizado del mundo" que comercializó ese producto entre clientes particulares.

Ruego os detengáis a leer el siguiente texto con atención:

"Transcurrido más de un año desde el inicio de la crisis financiera, resulta ya posible identificar al menos una parte de sus principales causas. Éstas se encuentran ligadas a la interacción entre diversos factores que han influido en la conducta de un amplio conjunto de agentes. Por una parte, los mecanismos de mercado no han logrado proporcionar los incentivos adecuados a oferentes, demandantes e intermediarios para que el comportamiento de todos ellos asegure el mantenimiento de estabilidad financiera. Por su parte, los ahorradores e inversores no han realizado evaluaciones diligentes de su conjunto de oportunidad y han confiado en exceso en análisis y valoraciones proporcionados por agencias o instituciones sometidos a conflictos de interés. Finalmente, las instituciones reguladores no han sabido prevenir y corregir a tiempo dichos problemas de incentivos. De este modo, es la crisis es la consecuencia tanto de fallos de mercado como de fallos de regulación que debía corregirlos. En este contexto, las autoridades públicas están llamadas a identificar errores y, sobre todo, a buscar soluciones".

Es lo que opinaba el vicepresidente de la CNMV, Fernando Restoy (ahora vicepresidente del Banco de España) en la revista ECONOMISTAS en marzo de 2009. Sí, el mismo año en el que Caja Madrid vendió muchas de las preferentes que ahora se enfrentan al canje o al arbitraje para recuperar el dinero.

Conclusión: la CNMV sabe desde hace años que existe un conflicto de intereses cuando un banco vende un producto a un cliente. ¿Qué es lo que se ha hecho al respecto? Vigilar y avisar vía página web. Y parece que va por el mismo camino... Así nos ha ido, y así nos va.

viernes, 19 de abril de 2013

ARBITRAJE DE PREFERENTES Y DEUDA SUBORDINADA: INFORMACIÓN Y 16 DUDAS RESUELTAS

El FROB ha publicado esta semana los criterios básicos que ha determinado la Comisión de Arbitraje de las preferentes y deuda subordinada. Es una guía para ver quiénes podrían acudir al arbitraje para recuperar su dinero atrapado en estos productos financieros. Entre estos criterios se incluye edad, perfil inversor, cantidad invertida, información recibida sobre el producto...




¿Dudas? Habría que empezar con el procedimiento. Está muy bien resumido en la información que proporcionaba Bankia en su página web. Recomendamos especialmente el esquema del proceso.

La primera conclusión: entregar los papeles en la entidad para ver si se cumplen los criterios para acogerse al arbitraje. Es gratis y no compromete a nada ni cierra ninguna vía de reclamación.

Será el evaluador independiente, KPMG en el caso de Bankia, (al que le paga la entidad por su trabajo) el que analice la documentación entregada y emitirá:

A) Si el afectado puede ir al arbitraje o no.
B) La cantidad máxima que podría recuperar.

A partir de ahí, el cliente decide si continúa en el arbitraje. Si lo hace, entonces cierra la vía de reclamación judicial.  Lo lógico, dicen fuentes financieras, es que si el experto independiente dice que cumple criterios, el laudo sea favorable. Pero la decisión final es de la Junta Nacional Arbitral.

Este es el formulario tipo que tendrá que rellenar y entregar en la entidad para iniciar el primer paso del trámite (sorprendentemente no incluye una casilla para la edad del afectado).

Aclarado este proceso, intentamos solucionar algunas otras dudas.

1. ¿Cuántos clientes conseguirán entrar en el arbitraje?
Se calcula que la mitad.

2. ¿Por qué se establece el nivel de 10.000 euros de inversión como referencia?
Porque, según dicen fuentes financieras, es la cantidad que ha invertido la mitad de los clientes minoristas afectados.

3. ¿Eso significa que si tengo más de 10.000 euros en preferentes ya no puedo entrar en el arbitraje?
NO. Ninguno de los criterios establecidos garantiza automáticamente entrar en el arbitraje.

4. Entonces, si tengo menos de 10.000, ¿me dejarán acudir seguro al arbitraje?
NO. Tendrán en cuenta el resto de factores también. NINGÚN CRITERIO GARANTIZA O DESCALIFICA para entrar en el arbitraje. Tampoco es automático que por cumplirlo vayas a tener un laudo favorable. (Puede que tengas poco dinero pero que resultes ser un inversor con alta calificación, con lo cual podrías no cumplir requisitos).

5. Imaginemos que la Junta de Arbitraje me da un laudo favorable, ¿cuánto dinero recuperaré?
Hay que aclarar una cosa: en este proceso NO HAY QUITAS. Es decir, un laudo favorable no te puede decir: "vale, tienes en parte razón, y como sólo es "en parte" te devolverán la mitad de tu inversión". ESO NO VA A PASAR. Si ganas el arbitraje te devolverán el 100% de tu inversión.

6. ¿Me devolverán el 100 por cien de lo que invertí en preferentes o subordinada?
No exactamente. Restarán los intereses que hayas cobrado por ese producto y luego harán un cálculo de lo que habrías ganado hasta hoy si ese dinero hubiera estado invertido en un depósito.

7. ¿Y qué pasa si me obligaron a cambiar mis preferentes por acciones de Bankia? ¿Puedo acogerme al arbitraje?
Sí. En caso de ganar se te devolvería tu dinero menos el valor que tengan tus acciones a día de hoy. Tú luego puedes optar por venderlas en bolsa (solo en el caso de acciones de Bankia).

8. ¿Y si vendí las acciones de Bankia?
Entonces de tu dinero se restaría lo que ganaste por la venta de esos títulos (parte del dinero ya lo has recuperado con esa operación).

9. ¿Qué significa que la Junta Nacional de Arbitraje analizará caso por caso? ¿Me llamarán para ir a explicar mi caso?
NO. La información que analizará esta junta es la misma que remitiste al evaluador independiente. No habrá datos adicionales, ni te llamarán para que les cuentes tu caso (a no ser que sea algo muy excepcional).

10. Entonces, ¿cómo les puedo explicar yo a los árbitros que me engañaron cuando me colocaron las preferentes, que me dijeron que era como un depósito, que era segurísimo, que no me informaron nada de los riesgos, que se limitaron a decirme que firmara y que no me preocupara?
Sencillamente, no puedes. Este tipo de casuística no se evaluará. El árbitro decidirá si el producto fue mal comercializado en base a los datos proporcionados en la información inicial. Creen que así es más objetivo porque "tan válida es la versión de cliente como la del director de la sucursal".

11. Y si el laudo es desfavorable, ¿no puedo recurrirlo en los tribunales?
El único recurso posible es un recurso de casación*. Un recurso extraordinario que se admite en algunas ocasiones para anular determinadas decisiones judiciales y lo decide el Tribunal Supremo o los TSJ. Según las nuevas tasas judiciales, recurrir a estos Tribunales supone pagar como mínimo 1.200 euros en tasas.

12. ¿Cuándo me podrían devolver mi dinero si gano?
En un plazo de seis meses se calcula que podrían empezar a resolverse los casos más urgentes (gente mayor, con menos recursos, etc.) 

13. ¿Tendrá dinero el banco para devolverme mis ahorros?
Fuentes financieras aseguran que sí  porque hablamos de entidades que ya han sido rescatadas, saneadas y que con sus ingresos pueden devolver estos importes que se les reclamen. "De ninguna manera se contempla que estos bancos necesiten más ayudas públicas para devolver el dinero a los preferentistas".

14. Si pierdo el laudo arbitral, ¿perderé todo mi dinero?
No, pero te tendrás que conformar con el canje que te aplique el banco. Es decir, tendrás que apechugar con la quita que te impongan y perderás dinero. Esos recortes ya son públicos (al menos las medias aproximadas. Te puede tocar más o menos).

Quitas medias en el caso de Bankia.
Quitas medias en caso de NovacaixaGalicia y Caixa Catalunya.

15. Entonces, si recurro al arbitraje, ¿evitaré el canje de mis preferentes con las quitas establecidas?
No. El canje se va a realizar igualmente en mayo. Tendrás que esperar si el arbitraje revoca esta decisión y te devuelve el 100 por cien de tu dinero.

16. Pero si en el canje de las preferentes no me van a dar dinero sino acciones de la entidad, ¿cómo vendo las acciones de NGC Banco o Caixa Catalunya si estas entidades no cotizan en bolsa como Bankia?
Te las comprará el FROB con el dinero del Fondo de Garantía de Depósitos (al que los bancos aportarán dinero con una "derrama"). Pero ¿a qué precio te pagarán esas acciones? Lo más seguro es que tengas que aceptar una segunda quita todavía no definida.

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* RECURSO DE CASACIÓN

Artículo 477. Motivo del recurso de casación y resoluciones recurribles en casación.

1. El recurso de casación habrá de fundarse, como motivo único, en la infracción de normas aplicables para resolver las cuestiones objeto del proceso.
2. Serán recurribles en casación las sentencias dictadas en segunda instancia por las Audiencias Provinciales, en los siguientes casos:
1. Cuando se dictaran para la tutela judicial civil de derechos fundamentales, excepto los que reconoce el artículo 24 de la Constitución.
2. Siempre que la cuantía del proceso excediere de 600.000 euros.
3. Cuando la cuantía del proceso no excediere de 600.000 euros o este se haya tramitado por razón de la materia, siempre que, en ambos casos, la resolución del recurso presente interés casacional.
3. Se considerará que un recurso presenta interés casacional cuando la sentencia recurrida se oponga a doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo o resuelva puntos y cuestiones sobre los que exista jurisprudencia contradictoria de las Audiencias Provinciales o aplique normas que no lleven más de cinco años en vigor, siempre que, en este último caso, no existiese doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo relativa a normas anteriores de igual o similar contenido.
Cuando se trate de recursos de casación de los que deba conocer un Tribunal Superior de Justicia, se entenderá que también existe interés casacional cuando la sentencia recurrida se oponga a doctrina jurisprudencial o no exista dicha doctrina del Tribunal Superior sobre normas de Derecho especial de la Comunidad Autónoma correspondiente.
LA TASA PARA LA CASACIÓN EN EL ORDEN JURISDICCIONAL CIVIL, SON 1.200 €, MÁS UN 0.5% POR CUANTÍA DE 0 A 10.000 Y UN 0.25% MÁS DE 10.000.